La indemnización en este caso se concede al paciente por no haberle diagnosticado a tiempo y por retrasar una operación: linfoma de hodgkin. Y os preguntareis cuál es esta patología. La enfermedad de Hodgkin es un tipo de linfoma, un cáncer de una parte del sistema inmunitario llamado sistema linfático. El primer signo de la enfermedad de Hodgkin es un ganglio linfático de gran tamaño. La enfermedad puede diseminarse a los ganglios cercanos. Encontrar el cáncer cuando se encuentra en sus etapas iniciales a menudo permite la posibilidad de contar con más opciones de tratamiento. En algunos casos de la enfermedad en etapa inicial surgen signos y síntomas que pueden ser notados.
Hechos acaecidos
La paciente acude a los Servicios de Urgencias del Hospital de Valme. Se queja de dolor de espalda de dos meses de evolución. En la exploración consta “no dolor en apófisis espinosas de columna dorsal, y se le realiza una radiografía con resultado normal.” Se le prescribe tratamiento con tramador 50 MG y se le da el alta.
La paciente acude hasta en tres ocasiones más a lo largo del año por dolor de espalda. Siendo el diagnostico de contracturas paravertebrales dorsolumbares, le aconsejan parches mórficos sin prueba alguna.
Retraso del diagnóstico del Linfoma de Hodgkin
El dolor de espalda persiste. Entones la paciente acude a una clínica privada donde le realizan una Resonancia Magnética Nuclear de Columna Dorsal. Se le detecta una masa para-perivertebral extensa desde D5 a D12, con afectación-infiltración de cuerpos vertebrales D6-D7 D8 y D9, así como de forámenes de conjunción, canal raquídeo y de la médula en D6-D7. El radiólogo sugiere completar el estudio con TAC toraco-abdominal y cervical con contraste, estudio anatomo-patológico y RNM con gadolino en equipo alto campo.
Con el Informe de radiología su médico de Atención primaria deriva a la paciente al Hospital de Valme, dónde, tras consulta de neurología, la deriva al Servicio de Neurocirugía del Hospital Virgen del Rocío. En ese mismo día, en consulta con neurocirugía consideran que, al no existir compromiso neurológico ni diagnóstico, no requiere tratamiento neuroquirúrgica urgente y recomienda valoración por Medicina Interna u Oncología, siendo dada de alta con el diagnostico de masa paravertebral a estudio.
Déficit neurológico
En la cita programada se ingresa a la paciente para estudio y tratamiento. Se realiza un TAC de tórax y abdomen con contraste oral e intravenoso. Éste muestra una masa paravertebral toracoabdominal de unos 15×8 cms. Los cuerpos vertebrales presentan: infiltración con erosión del platillo superior y lateral derecho de D9. ocupación de los agujeros de conjunción, con introducción en el canal medular y conclusión de hallazgos compatible con proceso linfoproligerativo, linfoma de origen intestinal como primera posibilidad.
Días más tarde la paciente es valorada por presentar pérdida de fuerza en las piernas. Al sospechar un déficit neurológico probable comprensión medular se remite a la paciente al Hospital Virgen del Roció. Allí es examinada por el Servicio de Neurocirugía y comprueban que la paciente presenta una masa muy voluminosa. La masa voluminosa avanza desde retroperitoneo, cavidad torácica, paravertebral e invade por lo agujeros de conjunción del canal raquídeo comprimiendo el cordón medular. Ésto provocaba paraparesia de predominio izquierdo. Descartan intervención quirúrgica hasta que se practique una prueba de imagen actualizada.
Retraso de tratamiento
Revisada nuevamente por neurocirugía se constata que la enferma presenta una considerable mejoría de la movilidad en sus miembros inferiores. Entonces, se propone punción biopsia guiada por el Servicio de Radiología y estudio y seguimiento por Oncología y/o hematología. Se programa la biopsia para días después y aunque persiste el dolor, le dan de alta a la paciente.
Al día siguiente, la paciente se cae al suelo. Su esposo la traslada al Servicio de Urgencias del Hospital Virgen del Rocío. Allí es ingresada e intervenida por el neurocirujano para descomprensión y toma de biopsia.
Finalmente, se hace constar que la médula ósea está libre de infiltración neoplásica. El juicio clínico es el siguiente: Linfoma Hodgkin, celularidad mixta, estadio IVB y tratamiento quimioterápico y radioterápico.
Sentencia: error en el diagnóstico y en el tratamiento de un Linfoma de Hodgkin
La indemnización fijada, a la Aseguradora de Zúrich España, así como los intereses de mora del artículo 20 de la LCS, alcanzan un importe de más de 950.000 euros