Abogados Negligencias Médicas en A Coruña
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Se considera negligencia médica en el parto aquella actuación que, sin ajustarse a la buena praxis ni a la lex artis, derive en una lesión. De modo que la víctima puede ser tanto la madre como el propio bebé.
Recordemos que la negligencia no tiene por qué derivar de una lesión directamente provocada por el personal sanitario. También entran en este concepto las pérdidas de oportunidad derivadas de un diagnóstico tardío o inadecuado, de una espera excesiva e incluso de un control ineficiente del postparto.
En primer lugar debemos destacar que no toda lesión deriva de una negligencia sanitaria. Ni siquiera en los casos en que así lo consideramos. Para saber que estamos ante una negligencia médica en el parto tendremos que realizar un estudio del caso concreto. Este análisis no es sencillo, porque en ocasiones las secuelas de un error sanitario se manifiestan meses más tarde del nacimiento.
Lo más importante en estos casos, por tanto, es contactar con un abogado de negligencias médicas en partos. Este pondrá en marcha a su equipo de colaboradores, que incluye a profesionales de diferentes sectores, para:
- Determinar si concurre negligencia médica en el caso.
- En caso afirmativo, cuantificar la indemnización a reclamar.
- Iniciar las acciones judiciales y extrajudiciales necesarias para restablecer los derechos de la víctima y sus allegados.
Para agilizar el proceso conviene hacer acopio de la documentación necesaria para el éxito del caso y del propio análisis.
Para que una reclamación por negligencia médica en el parto tenga éxito será necesario aportar una serie de documentos. Entre ellos destacan:
- Partograma.
- Gráficas de Monitorización Fetal.
- Ph Fetal.
- Historia Clínica Completa.
El partograma es una gráfica que reúne los parámetros del parto. Entre otros detalles contiene información sobre la intensidad, frecuencia y duración de las contracciones uterinas, la frecuencia cardiaca fetal, la dilatación cervical y la altura de la presentación fetal en la pelvis. Toda esta información será clave a la hora de evaluar si la actuación del equipo médico durante el parto se adecuó a los protocolos aplicables o a la lex artis.
Las Gráficas de Monitorización Fetal controlan la frecuencia cardíaca del bebe durante el transcurso del alumbramiento. Son imprescindibles, por tanto, para conocer el estado del bebé durante el trabajo de parto, indicando eventuales episodios de sufrimiento fetal ante los que deba responder el equipo sanitario.
El Ph de calota fetal es un procedimiento que permite determinar el equilibrió ácido básico a través de una gota de sangre del cuero cabelludo del bebé. Por su parte, el Ph del cordón umbilical tiene un objetivo similar, aunque parte de muestras arteriales y venosas del cordón umbilical.
Ambas pruebas ayudan a determinar el estado de salud del neonato. Ante muestras de riesgos se deben activar los protocolos sanitarios correspondientes. Y en caso contrario podríamos estar ante una negligencia médica en el parto, ya que se sitúa al bebé en una situación de riesgo.
Los documentos referenciados permiten monitorizar el alumbramiento y el estado de salud del infante en sus primeros momentos de vida. Sin embargo, el mismo proceso de embarazo debe ser vigilado. Especialmente si concurren factores de riesgo.
Por eso, los peritos médicos especializados en ginecología y pediatría necesitan acceder a la historia clínica completa, que arrojará luz sobre los eventos y factores concurrentes en momentos distantes al parto.
El perito trabajará mano a mano con el abogado en la negligencia médica en partos, determinando la responsabilidad sanitaria y, en su caso, el alcance de las lesiones.
Las indemnizaciones por negligencia médica incluyen varios conceptos. Entre ellos se cuentan las lesiones corporales, los daños y perjuicios (materiales o económicos) y los daños morales.
El objetivo del sistema de indemnizaciones es que la víctima sea compensada por todos los inconvenientes que le haya generado el error clínico. Evidentemente, esto es materialmente imposible en muchos casos. Pero la indemnización siempre será un apoyo para ayudar a cubrir los gastos derivados de las lesiones causadas por el equipo médico.
La hipoxia perinatal o neonatal puede derivar en una parálisis cerebral. Esta condición afecta a 2 de cada 1.000 infantes, suponiendo graves dificultades motoras. A estas dificultades se añaden otras relacionadas con el aprendizaje, el habla, oído o visión y la epilepsia, entre otras.
La gravedad de las lesiones derivadas de una parálisis cerebral conlleva el abono de una elevada indemnización. Pero la cuantificación de esta indemnización no es sencilla.
A la hora de valorar los derechos de la persona afectada por la negligencia es necesario realizar un estudio minucioso. Cada partida debe calcularse y valorarse por separado. Además, se debe realizar una previsión de gastos conforme a criterios objetivos y demostrables.
Por supuesto, la clave a la hora de realizar este cálculo radicará en el alcance de las lesiones. No podemos perder de vista que de estas se derivarán ciertas necesidades, como la asistencia sanitaria, farmacéutica, orto protésica o la adaptación del hogar y de la educación del infante.
Así las cosas, a la hora de valorar la indemnización a reclamar se debe atender a las circunstancias de cada caso. Además, es necesaria la intervención de diferentes profesionales que puedan ayudar a prever la evolución de la lesión.
Por ejemplo, los peritos médicos podrán evaluar el alcance de las secuelas, mientras que un arquitecto podrá valorar las adaptaciones a realizar en el domicilio para garantizar la mayor calidad de vida posible.
En definitiva, no existen técnicas universales a la hora de valorar una indemnización, que debe calcularse en cada caso. Incluso cabe la posibilidad de corregir a posteriori la valoración realizada. Pero es importante realizar una valoración minuciosa, justificar cada partida y presentar la reclamación dentro del plazo.
La posibilidad de presentar una demanda no puede quedar abierta sine die. Por eso, el ordenamiento jurídico establece unos plazos para reclamar que deben respetarse.
En el caso de los centros públicos hablamos de plazos de un año desde que se determina el alcance de las lesiones. El problema es que no siempre está claro cuándo se han estabilizado las secuelas, por lo que conviene dejar el estudio en manos de un Abogado de Negligencias Médicas con experiencia.
Cuando el error sanitario se da en un centro privado, el plazo se ampliará a cinco años. De nuevo nos encontramos con un problema a la hora de determinar cuándo empieza a computar este plazo. Sin embargo es imprescindible que el plazo no prescriba. Como Abogado de Negligencias Médicas en Partos, Don Rafael conoce las técnicas que pueden emplearse para interrumpir este plazo de prescripción.
Entre las negligencias médicas en partos más frecuentes encontramos:
- Utilización inadecuada de la ventosa obstétrica y/o fórceps durante el parto.
- Hipoxia intraparto o intraútero, al no proporcionar al neonato la cantidad de oxígeno que necesita su organismo.
- Falta de seguimiento durante el embarazo, especialmente cuando impide diagnosticar complicaciones relevantes.
- No realización de la cesárea en momentos en que es vital para la madre y/o el bebé.
Como vemos, estas negligencias médicas en partos pueden producirse durante el embarazo o durante el alumbramiento. Pero también es posible que concurran tiempo después del nacimiento. Por eso es imprescindible contactar con un Abogado de negligencias médicas en partos para determinar si la lesión de la madre o el bebé deriva de un error médico.