Una familia ha recibido una compensación económica de 1.300.000 euros por los daños que sufrió su hija al nacer. Los daños se produjeron por practicar tarde una cesárea a la madre. El facultativo no advirtió la presencia de un registro de monitorización fetal patológico (sospecha de pérdida de bienestar fetal). Como consecuencia, la paciente, dada de alta, presentó una hipoxia intraútero que no fue detectada y provocó secuelas irreversibles en su hija.
La menor tuvo que ser atendida por el Servicio de neonatología por depresión neonatal inmediata y sospecha de bienestar fetal. Desencadenando un diagnostico de tetraparesia y retraso madurativo por parálisis cerebral mixta de etiología sufrimiento fetal. Reconociéndose las dificultades de movilidad lo que la llevó alcanzar una discapacidad del 75%.
¿Cuales son los hechos que se sucedieron para que la sospecha de bienestar fetal no fuera advertida por los facultativos?
La mujer había acudido con dolores al hospital el día anterior. Pese a los indicios de que algo no iba bien por los ritmos cardíacos del bebé la dieron de alta, sin más pruebas. A las pocas horas la mujer volvió con contracciones de parto. En ese momento, el problema ya era grave.
Se le aplicó una cesárea de urgencia para salvar al bebé. Sin embargo y pese a la tareas de reanimación, el bebé sufrió lesiones físicas y psicológicas muy graves. Con 3 años la niña tenía reconocida una incapacidad del 75% y una dependencia de casi el 90%.
El juez, en la sentencia, considera que la aseguradora no proporcionó los servicios médicos para evitar los daños sufridos por la menor, estableciendo una condena de 1.140.000 euros, más intereses y costas judiciales.
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