Hace poco explicábamos la naturaleza de esta lesión, relativamente común durante el parto, y hoy queremos centrarnos en cómo reclamar la hipoxia en el parto. Es importante recordar que las negligencias médicas dan pie a la reclamación de indemnizaciones médicas y de la correspondiente responsabilidad sanitaria.
¿Cómo reclamar una hipoxia en el parto?
Aunque muchas veces las indemnizaciones por hipoxia en el parto no pueden reparar el daño causado, sin duda nos ayudarán con los gastos derivados de la mala praxis. Además, en ocasiones podremos excluir al sanitario de la profesión (al menos temporalmente) para prevenir nuevas lesiones en otros pacientes.
En todo caso, la reclamación de una negligencia médica por hipoxia es compleja y requiere un conocimiento profundo del Derecho Sanitario. Así que no podemos sino recomendar que este tipo de reclamaciones se realicen con la asistencia de un bufete especializado en la materia. Realizada esta previsión, veamos cómo conducir la reclamación de una hipoxia en el parto.
La reclamación de hipoxia neonatal
La hipoxia neonatal el conjunto de lesiones que se pueden producir al neonato a causa de una falta de oxígeno durante el parto o en cualquier momento inmediatamente anterior o posterior a él. La falta de oxígeno en el bebé produce secuelas permanentes, que generalmente se pueden evitar gracias a las técnicas y conocimientos médicos actuales.
Además, en muchas ocasiones pueden revertirse estas secuelas (o aminorarse) si se ofrece una asistencia temprana al bebé. Lo que implica que ante la hipoxia en el parto, el personal sanitario debe aplicar un especial cuidado y vigilancia para evitar que se agrave dicha lesión.
Recordemos que si el centro sanitario no dispusiera de los medios para ofrecer esta vigilancia deberá derivar al neonato a un centro que esté adecuadamente equipado. No hacerlo también podría considerarse una negligencia médica más.
Analizar una hipoxia para su reclamación
En definitiva, al analizar una hipoxia en el parto, el concepto de negligencia médica se aplica a momentos previos al parto, al propio alumbramiento y, al menos, a las 48 horas posteriores, críticas para la salud del recién nacido.
Esto implica que acreditar la negligencia médica requiere prestar atención a la actuación sanitaria durante todo este proceso. Para ello será necesaria la asistencia de un perito médico, así como probar algunos elementos concurrentes.
Las lesiones relacionadas con la falta de oxígeno
Cuando se produce una lesión por falta de oxígeno no solo hay que acreditar que existe la dolencia. También habrá que demostrar que la lesión se debe a la asfixia neonatal durante el parto. Por ejemplo, la Audiencia Nacional desestimó una reclamación el 10 de marzo de 2003 alegando que:
“[…] no se puede afirmar que la lesión neurológica sea consecuencia de las circunstancias en que se produjo su nacimiento dado que no se reúnen los criterios exigidos por la Asociación Americana de Pediatría para considerar que la parálisis cerebral sea secundaria a una asfixia perinatal”.
En este sentido, cuando de la hipoxia se deriva una parálisis cerebral conviene acreditar (STS de 29 de mayo de 2012):
- Acidosis metabólica en sangre arterial del cordón umbilical obtenida tras el parto.
- Inicio precoz de encefalopatía moderada o severa en recién nacido de más de 34 semanas de gestación.
- Parálisis cerebral de tipo discinético o cuadruplejia espástica.
- Exclusión de otras causas como:
- Prematuridad.
- Traumatismos.
- Crecimiento intrauterino retardado.
- Presentación podálica.
- Coagulopatías maternas o fetales.
- Procesos infecciosos.
- Alteraciones cromosómicas o congénitas.
Reclamación de Hipoxia en el parto: La mala praxis y la lex artis
Como explicamos en nuestros respectivos artículos, la reclamación de una negligencia médica por hipoxia requiere:
- Que el personal sanitario se haya alejado de las prácticas habituales de la profesión, lo que se considera mala praxis.
- Y, además, que lo haya hecho sin seguir la lex artis. Es decir, que su decisión no tuviera como causa el intentar evitar problemas mayores.
De modo que hay que demostrar ambos extremos para que la reclamación de la hipoxia en el parto tenga éxito. Así lo evidencia la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 30 de noviembre de 2011, al afirmar que:
“[…] Estaríamos ante daños que no reúnen la condición de antijurídicos si el parto se desarrolló con arreglo a la lex artis [pues] no es posible garantizar en todo caso la realización de partos sin problemas […]”.
En resumen, resulta fundamental que un abogado especialista en Derecho Sanitario y un perito médico colaboren para poder acreditar todas las causas que requiere la jurisprudencia a la hora de reclamar la hipoxia en el parto.