Una mujer sufrió un retraso en detectar un cáncer de mama, pese a sus antecedentes familiares. Cuando finalmente comenzaron a tratarle la enfermedad estaba muy avanzada. A causa de eso ha sufrido diversas secuelas que por las que se le ha reconocido la incapacidad absoluta.
El Juzgado de Primera Instancia Nº50 de Madrid estimó los argumentos de Don Rafael Martín Bueno. Consideró acreditada la negligencia médica por parte del Consultorio Ginecológico Miramón.
HECHOS OCURRIDOS
La paciente presentaba antecedentes familiares de cáncer de mama en su madre. Por ello, realizaba revisiones ginecológicas periódicas desde el año 1993.
En una de ellas en 2011 le detectaron una zona que se había endurecido en torno a la areola del pecho derecho. Por tanto, se le realizaron distintas pruebas y se acordó llevar un control.
Hasta diciembre de 2012 siguió acudiendo a distintas revisiones sin que los médicos detectaran ningún signo de alerta.
Finalmente, el 5 de diciembre de 2012 se identificó un nódulo irregular y mal delimitado de 41 mm de diámetro. Se identificó también al menos una adenopatía (un ganglio inflamado), altamente sospechosa en la axila derecha.
En ese momento la parte invasiva del tumor medía entre 20-50 mm, el cáncer se había diseminado entre 1 y 3 ganglios linfáticos y no se podía establecer aún la metástasis.
Tras realizar un estudio más en profundidad se estableció que el tumor medía más de 50 mm., el cáncer se había extendido a unos 9 ganglios y había evidencias de metástasis.
En ese momento se le sometió a distintas técnicas terapéuticas, incluida la quimioterapia. Aún así se le tuvo que extirpar el tumor y se le realizó un vaciado de su axila derecha. Además, posteriormente, se le tuvo que tratar con radioterapia.
SENTENCIA
El Juzgador consideró probada la negligencia en el diagnóstico del cáncer, dado que hubo un retraso en detectar el tumor maligno debido a un error en la interpretación de las pruebas mamográficas. Además de que, teniendo la paciente antecedentes familiares de cáncer de mama, no se le practicase una punción aspiración con aguja fina ante la presencia de una zona endurecida.
Este retraso hizo que se detectase en un estadio más tardío y con peor pronóstico, por lo que no se le pudo aplicar un tratamiento precoz y menos agresivo.
Las graves secuelas de la actuación negligente derivaron en el reconocimiento de un grado de discapacidad del 25%. También se le reconoció la incapacidad absoluta para todo trabajo.
Tras presentar la correspondiente acción judicial el Juzgado estima y condena a la entidad aseguradora A.M.A al pago de la cantidad de 464.000€.